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Testimonios

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Artículo en desarrollo... muy pronto toda la información a tu disposición
A tener en cuenta ante la operación de cambio de identidad de género

A través del Decreto 903 se reglamentaron las intervenciones quirúrgicas y tratamientos hormonales para el colectivo trans. Pero este es solo el principio de grandes cambios a tener en cuenta. Te sugiero prestes atención a algunos aspectos que te comento sobre este gran paso ;)

 

Te ilustramos un poco más sobre la Ley de Identidad de Género:

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La comunidad trans ganó otra batalla en busca de la igualdad real a través del Decreto 903, que reglamenta las cirugías para el cambio de sexo y los tratamientos hormonales "para adecuar el cuerpo".

La Ley establece en su artículo 11 que pueden acceder a las intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales, todas las personas mayores de edad sin requerir autorización judicial o administrativa. Por su parte, las prestaciones allí mencionadas serán incluidas en el Programa Médico Obligatorio (PMO); asimismo, los servicios de salud del sistema público, de la seguridad social de salud y de los sistemas privados las incorporarán a sus coberturas.

Qué habilita:

SE TRATA DE CIRUGÍAS "QUE AYUDEN A ADECUAR EL CUERPO A LA IDENTIDAD DE GÉNERO AUTOPERCIBIDA"

Es por eso que las mismas comprenden: Mastoplastía de aumento, Mastectomía, gluteoplastía de aumento, Orquiectomía, Penectomía, Vaginoplastía, Clitoroplastía, Vulvoplastía, Anexohisterectomía, Vaginectomía, Metoidioplastía, Escrotoplastía y Faloplastía con prótesis peneana.

Los tratamientos hormonales también forman parte del Decreto ya que forman parte del cambio que mencionan. Para ellos, se utilizarán productos aprobados por la ANMAT.

La reglamentación del artículo impulsa además la implementación de "un programa de capacitación, actualización y sensibilización para los profesionales de la salud del sub sector público" para llevar adelante los procedimientos.

Al respecto, Esteban Paulón, presidente de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT), dice: "Es una enorme alegría que tras tres años de trabajo intenso con los equipos del Ministerio de Salud de la Nación y los servicios de Salud en diversas provincias del país, finalmente se haya reglamentado el Artículo 11 de la Ley de Identidad de Género, que era una de las materias pendientes de esa norma aprobada en 2012".

Marcela Romero, presidenta de la Asociación de Travestis Transexuales y Transgéneros de Argentina (ATTTA) y secretaria general de FALGBT, agrega: "La Ley de Identidad de Género nos devolvió el derecho a ser ciudadanas y ciudadanos de pleno derecho. Sin embargo, aún estaba pendiente la reglamentación de la Atención Integral de la Salud para el colectivo trans, a fin de garantizar este derecho en todo el país. Con el Decreto 903 damos un paso más hacia la igualdad real y ahora nos toca seguir trabajando para que los derechos conquistados tengan plena vigencia en todo el país. Esto nos da más fuerzas para seguir trabajando por todos los derechos que aún nos faltan".

La ley de identidad de género, sancionada el 9 de mayo de 2012 y promulgada 13 días después, establece que "toda persona tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género; al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género; a ser tratada de acuerdo con su identidad de género", entre otras cosas.

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